El principio de igualdad y no discriminación es fundamental en el ordenamiento jurídico, tanto a nivel nacional como internacional. La Carta de Derechos Humanos, que incluye la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto de Derechos Civiles y Políticos, y el Pacto de Derechos Económicos Sociales y Culturales, establece este principio de manera expresa. Además, existen tratados específicos de derechos humanos, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), que también abordan este tema.
En el ámbito nacional, la Constitución Política de la República establece en su artículo 1, inciso 1, que todas las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Esto nos hace titulares de derechos inalienables e interdependientes. Además, el artículo 19 N° 2 de la Constitución establece que hombres y mujeres son iguales ante la ley, reforzando así la igualdad formal que debe existir entre ambos géneros.
En el caso específico de la discriminación relacionada con la maternidad, se han identificado diversas formas de discriminación que abarcan todas las etapas, desde la gestación hasta la lactancia y las responsabilidades familiares. La literatura ha destacado que los actos discriminatorios contra las mujeres incluyen conductas de hostigamiento, trato degradante y presiones que afectan la relación laboral y perjudican a las trabajadoras, como la negación de ascensos, acceso a capacitación y disminución de remuneraciones.
A nivel internacional, existe un marco jurídico específico que prohíbe la discriminación por maternidad y garantiza la igualdad de trato y oportunidades para las mujeres que son madres. Este marco normativo incluye la CEDAW, el Convenio sobre la Protección de la Maternidad de la OIT (C-183) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer de la OEA (CIPSEVCM). Estos instrumentos internacionales obligan a brindar protección durante el embarazo y la maternidad, asegurando el derecho de las mujeres a regresar al mismo puesto de trabajo o a uno equivalente al finalizar su licencia de maternidad.
En el ámbito nacional, la ley N° 20.609 establece medidas contra la discriminación y define la discriminación arbitraria como toda distinción, exclusión o restricción sin justificación razonable que afecte el ejercicio de los derechos fundamentales establecidos en la Constitución y en los tratados internacionales sobre derechos humanos. Esta ley también establece que cada órgano de la Administración del Estado debe elaborar e implementar políticas destinadas a garantizar el goce y ejercicio de los derechos y libertades sin discriminación arbitraria.
En conclusión, tanto a nivel nacional como internacional, existe una sólida protección legal contra la discriminación por género, maternidad y lactancia. Es fundamental respetar y garantizar los derechos fundamentales de todas las personas, sin distinciones injustificadas.
Esperamos que esta información sea útil y esclarecedora. En caso que requieras una asesoría personalizada, puedes agendar una cita en el siguiente link https://asesorialegalpublica.cl/agendar-cita/